miércoles, 30 de mayo de 2018

Deuda Pública: Letras, Bonos y Obligaciones del Tesoro.

Podríamos definir la deuda pública como un método de financiación que tiene el Estado para obtener liquidez mediante el dinero que le prestan particulares, entidades como bancos o, incluso, otros Estados. En España no podemos circunscribir únicamente al gobierno central (propiamente el Estado) en la demanda de deuda pública sino que esta potestad de financiación puede ser utilizada también por los gobiernos de las Comunidades Autónomas, municipios, localidades… Si bien es cierto que todas las anteriores administraciones públicas pueden hacer uso de la deuda pública, suele ser utilizada más comúnmente por el Gobierno de la Nación o por los de las diferentes Comunidades Autónomas.

Vemos, por lo tanto, que la deuda pública no es más que un endeudamiento de la Administración. El funcionamiento es el siguiente:

Cuando los inversores destinen capital propio para financiar la deuda pública, deberá transcurrir un tiempo prefijado - a veces, bastante largo - y una vez haya llegado el fin de ese transcurso de tiempo, habrá que restituírsele el dinero que invirtió más los intereses convenidos.

Tenemos que diferenciar entre deuda pública interna y externa; la interna se llevaría a cabo teniendo como prestadores a las personas físicas y/o jurídicas del territorio nacional; la externa tendría como inversores a personas de otros países ajenos a España.

La regulación de la deuda pública se desarrolla en base a la Ley de Presupuestos Generales del Estado la cual establecería los límites de endeudamiento. Son de importante consideración también las Circulares emitidas por el Banco de España, ya que el mismo actúa como un agente financiero del Estado. Asimismo son de interés  las órdenes emitidas por el Ministerio de Economía y Hacienda. Por último, habrá que atenerse a lo estipulado en la Ley del Mercado de Valores que en su última modificación fue desarrollada por el Real Decreto Legislativo 4/2015.

Se distinguen tres tipos de títulos valor o títulos de deuda pública que son:

En primer lugar, las Letras del Tesoro: se trata de títulos que vencen a corto plazo, normalmente prescribirá desde los tres meses a un año. Cuando haya pasado ese lapso de tiempo, como hemos visto, cobraremos el dinero que invertimos más los intereses que nos deban por haber prestado nuestro capital al Estado. Estas se otorgan mediante anotaciones a cuenta que consisten en su identificación a través de un registro contable, generalmente, informático. El importe mínimo a aportar debe ser de 1000 euros y si queremos invertir más, deberá tratarse de múltiplos de 1000. A diferencia de los dos títulos valor que veremos después, las letras del tesoro son emitidos al descuento, esto quiere decir que se descuenta al inversor el importe de los intereses en el momento de la compra. Por ejemplo, queremos invertir lo mínimo, mil euros, en una letra del tesoro; en vez de pagar los mil euros en el momento de la emisión, (cuando la adquirimos) pagamos novecientos y pico y, cuando transcurra el plazo previsto, nos devolverán mil euros en vez de los novecientos y pico que invertimos, de manera que, nos quedaremos con la diferencia de ambos valores o conocido como interés.

En segundo lugar, los Bonos del Estado o también llamados Bonos del Tesoro: son títulos valor que vencen a medio plazo, pues, en este caso, para recuperar lo invertido y los intereses, deberán cumplirse de 2 hasta 5 años desde su emisión. Se inscriben, nuevamente, mediante anotaciones a cuenta. Estos, a diferencia de las letras del tesoro, se pagan mediante cupones, no al descuento. Esto quiere decir que, pagamos una cierta cantidad preestablecida y, pasados los años prefijados, nos devolverán esa misma cantidad más los intereses. Su valor mínimo son también 1000 euros.

Y por último, las Obligaciones del Estado/Tesoro: son títulos valor que tienen, de forma exacta, las mismas características que los bonos del Estado exceptuando solamente el periodo de tiempo. Hablamos de un intervalo de tiempo que oscila entre los 10 hasta los 30 años, por ello, son títulos valor que vencen a largo plazo.

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